En esta sección daremos de alta las cuentas bancarias de las empresas para utilizarlas a la hora de realizar los pagos a los beneficiarios de las pensiones o rentas.
Las cuentas es preferible introducirlas en formato CCC para facilitar comprobaciones de entidad financiera y dígitos de control. No es necesario introducir el código IBAN, pulsando la tecla Insertar el sistema obtiene el mismo en base a la CCC.
Se mantiene una tabla de referencia de las entidades financieras que operan en España con todos sus datos. Esto hace que sea innecesario indicar el BIC a nivel de cuenta bancaria ya que está en dicha tabla, así como los datos de baja para detectar entidades financieras que han sido absorbidas o han cambiado.
Para realizar los pagos mediante transferencia bancaria según la norma 34.14 es necesario indicar el sufijo para dicha norma.